Transporte

El aumento del precio del combustible está afectando principalmente a las empresas de transporte por carretera y la finalidad del gasóleo profesional es reducir el impacto de este incremento.

El 28 de diciembre, el Gobierno prorrogó hasta el 30 de junio de 2023 la bonificación a los combustibles para el sector del transporte profesional por carretera, empleando el canal de la Tarjeta gasóleo profesional para el abono de esta ayuda para transportistas que cumplen el artículo 52 bis de la Ley 38/1992 de Impuestos especiales.

 

¿Qué es una tarjeta-gasóleo profesional?

Se trata de una tarjeta de pago autorizada por la Agencia Tributaria en la que consta el nombre o razón social del titular, la matrícula del vehículo autorizado y el indicativo Gasóleo Profesional.

El importe de la devolución del gasóleo profesional es el mismo en todo el territorio nacional.

· 49 euros por cada 1000 litros consumidos.

· Con un importe anual y por vehículo de 2.450 euros (0,049 euros por un consumo máximo de 50.000 litros)

 

¿Cómo puedo solicitar la inscripción en el censo de Entidades Emisoras de Tarjetas – gasóleo profesional?

Este trámite se realiza a través del Registro General de la Agencia Tributaria, se dirige al Departamento de Aduanas y estos son los pasos a seguir:

  • Inscribirme en el Censo de beneficiarios de la devolución del gasóleo profesional, donde tienen que constar:· Número de identificación fiscal y nombre o razón social y domicilio fiscal del solicitante.· Descripción de la actividad económica del solicitante y fecha de inicio de esta actividad.· Identificación de la entidad financiera y del Código de la cuenta bancaria.

    · Dirección de correo electrónico del solicitante.

    · Datos identificativos de cada uno de los vehículos en los que se consuma gasóleo profesional.

  • Declarar (en caso de transporte de mercancías) el número de autorización concedido.
  • Comunicar datos a la entidad bancaria, y código de cuenta a la Administración Tributaria donde efectuará las devoluciones.
  • Pagar lo que consumas con la tarjeta de gasóleo profesional

¿Quién se puede beneficiar de esta devolución?

El gasóleo profesional está destinado específicamente para los usuarios que se dediquen al transporte como son:

  • Vehículos de motor o conjuntos de vehículos acoplados destinados exclusivamente al transporte de mercancías por carretera, por cuenta ajena o por cuenta propia, y con peso máximo autorizado igual o superior a 7,5 toneladas.
  • Vehículos de motor destinados al transporte de pasajeros, regular u ocasional, incluidos en las categorías M2 o M3 de las establecidas en la Directiva 70/156/CEE del Consejo, de 6 de febrero de 1970.
  • Taxis destinados al servicio público de viajeros bajo licencia municipal y provistos de aparato taxímetro.

¿Y qué obligaciones tengo con Hacienda?

Durante el primer trimestre del año siguiente a la finalización del año natural, debes enviar la relación de suministros, a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria.

Y debes incluir el número de kilómetros recorridos de cada uno de los vehículos de tu titularidad, que hayan estado inscritos en el Censo de beneficiarios en el año anterior.

 

Si cumples con los requisitos para solicitar esta prestación, pero tienes dudas sobre los trámites a realizar, no dudes en contactar con nosotros para asesorarte.